La Corte Suprema de Justicia falló a favor del ex jugador del Deportivo Cali, Miguel Antonio Escobar. La sentencia significa un gol contra los clubes deportivos que se niegan a pagarle a los jugadores la seguridad social y los aportes para las pensiones.
Miguel Antonio Escobar Montalvo, conocido como ‘El Mariscal’, desarrolló su carrera deportiva como defensa del Deportivo Cali entre 1967 y 1980, donde jugó 537 partidos. Es recordado como uno de los íconos del equipo durante sus épocas doradas en los 70’s junto a su compañero ‘La Mosca Caicedo’. A Escobar lo caracterizaba su juego limpio y la capacidad de cierre en la defensa, era difícil que alguien se le pasara.Durante sus 13 años de carrera anotó 8 goles saliendo del área defensiva.
Sin embargo, luego de estar retirado de la carpeta verde tuvo que librar una batalla contra su casa deportiva, quien nunca lo afilió a la seguridad social y tampoco hizo los aportes para su pensión.
Hace una semana la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema, dio el ‘pitazo final’ que resolvió la disputa entre el Deportivo Cali y su ex jugador Escobar Montalvo. El alto tribunal reconoció que, aunque para la fecha no habían sido emitidas leyes como la 181 de 1995 o la 1445 de 2011, que regulan la relación laboral jugador y equipo como una vinculación formal y no un mero contrato comercial sujeto a remuneraciones, dicha vinculación sí era regida por el Código Sustancial del Trabajo y era obligación del empleador pagar la seguridad social y aportes a pensiones de cada jugador.
Este importante fallo sienta un precedente para casos similares, como el de Willinton Ortíz ‘el viejo Willy‘, quien en diciembre del año pasado también demandó a Millonarios, al América y al Deportivo Cali en busca del pago de su pensión por parte de estos clubes.
La demanda
El emblemático jugador demandó a la Asociación Deportivo Cali y al Instituto de Seguros Sociales (ISS), hoy Colpensiones, con el fin de que le pagaran el valor correspondiente a su pensión a partir del 2005 y los intereses moratorios. En primera instancia las pretensiones de Escobar Montalvo no prosperaron en contra del equipo, que fue librado de toda responsabilidad; mientras tanto el juez sí condenó al ISS a pagar $8.000.000 en razón de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez.
En desacuerdo con este fallo, el club deportivo interpuso un recurso de casación que fue concedido por el Tribunal y admitido por la Corte Suprema de Justicia. Finalmente el alto Tribunal emitió la sentencia que hoy se convierte en un precedente jurisprudencial que termina siendo vinculante para los demás operadores jurídicos para seguir esa misma tendencia en casos que se desarrollen con hechos y circunstancias similares.
La Corte reconoció que en el caso de Escobar Montalvo si existió una relación laboral con de Deportivo Cali durante 13 años (1967-1980) y que se dieron todos los elementos que constituyen de facto esa relación laboral: “la prestación personal del servicio, la continuada subordinación o dependencia y el salario”.
“Si bien no existe una regulación específica incorporada en el Código Sustantivo de Trabajo en punto a la vinculación laboral de los jugadores de fútbol a los clubes profesionales, es imperioso acudir a las normas generales contenidas en ese estatuto (CST), con independencia a la época en que se hubiera ejecutado la relación subordinada pues no sería lógico, jurídico y menos justo, dejar desprotegidos a los jugadores de fútbol que real y efectivamente hubiesen tenido un contrato de trabajo”, concluyó la Corte.
Es por eso que la noticia es un avance en el conflicto que siempre ha habido entre jugadores y las instituciones deportivas, en muchos casos jugadores de fútbol terminaban en la miseria por no tener acceso a una pensión. Mientras vivían su vida de fama, pudieron tener lujos y comodidades, sin embargo, sin afiliación a la seguridad y aportes a las pensiones, enfrentar la vejez ha sido un partido fallido para ellos.